Modelo 036
Cuidado con utilizar la forma incorrecta y darse de alta por equivocación en el REDEME. Usamos la opción 532 Llevanza de los Libros registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT.
El artículo 68 bis del citado Reglamento del IVA (opción por la llevanza electrónica de los libros registro) dispone que la opción a que se refiere el artículo 62.6 de este Reglamento, podrá ejercitarse a lo largo de todo el ejercicio, mediante la presentación de la correspondiente declaración censal, surtiendo efecto para el primer periodo de liquidación que se inicie después de que se hubiera ejercicio dicha opción.
El alta es simple, debería realizarlo antes de fin de año y se realiza con el modelo 036.
Se utiliza la opción de modificación con casilla 143 Comunicación de opción y renuncia a la llevanza de los Libros registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT. (Página 5):
Indicamos la optamos por esta opción con inicio 01/01/2026:
Llame al 950442489 o 647630109 para consultar su caso o dudas.



